LIBERTAD DE LOCOMOCION/DERECHOS FUNDAMENTALES-Interpretacin
La libertad de locomocin es un derecho fundamental, si bien ese carcter no lo deriva, de la ubicacin formal del citado artculo dentro del captulo de los derechos as denominados. Al respecto esta Corporacin tiene bien establecido que dicho criterio no es el nico ni el ms adecuado para definir el contenido fundamental de un derecho, en especial si se considera que "del anlisis de las actas de la Asamblea Nacional Constituyente, publicadas en la Gaceta Constitucional, se concluye, en relacin con el artculo 39 del Reglamento, que la Comisin Codificadora entreg los textos por asuntos y materias -ttulos y captulos-, pero que tal tarea no fue aprobada en conjunto, en los trminos del Reglamento. El derecho que ahora nos ocupa es fundamental en consideracin a la libertad -inherente a la condicin humana-, cuyo sentido ms elemental radica en la posibilidad de transitar o desplazarse de un lugar a otro dentro del territorio del propio pas, especialmente si se trata de las vas y los espacios pblicos.
ESPACIO PUBLICO-Cierre de Calles
El concepto de "espacio pblico", comprende mucho ms que el de "bienes de uso pblico". Dentro de la autonoma de cada municipio, se fijan unas reglas atinentes a la actividad urbanizadora y unos criterios con arreglo a los cuales la administracin, generalmente por conducto de los departamentos de Planeacin, indica cules reas del suelo tendrn el carcter de espacio pblico. Una va pblica no puede obstruirse privando a las personas del simple trnsito por ella, pues semejante conducta atenta contra la libertad de locomocin de la mayora de los habitantes y lesiona el principio de prevalencia del inters general, adems de que constituye una apropiacin contra derecho del espacio pblico. Si se alega que el rea cerrada tiene carcter privado y no pblico y fuere realmente indispensable para el afectado como nica va de acceso o de salida, deber, mediante un proceso civil, solicitar que se establezca una servidumbre de trnsito, prevista en el artculo 905 del Cdigo Civil. |
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